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8 de abril de 2019

MARIELA FERREIRA: “LA SEÑORA GOMES NO ACEPTA QUE TIENE SUPERIORES Y QUE NO PUEDE ACTUAR CÓMO QUIERE CÚANDO QUIERE”

La abogada Mariela Ferreira designada por la Unidad Regional Sudoeste y la directora de la Regional Educativa Silvia Leiva respondieron a las declaraciones de María Teresa Gomes en cuanto a la obra de la escuela N°82

Mariela Ferreira expresó: “Estamos aquí para dar nuestro derecho a réplica y aclarar ciertas cosas que nos son como la señora Gomes las menciona. Por ejemplo aquí trajimos documentos para que puedan ver y constatar que sus denuncias dieron inicios a sus informaciones sumarias. Esto fue fines del año 2017, específicamente el 1° de diciembre se realizó la disposición desde la regional que da inicio a la información sumaria de los hechos denunciados por la señora Gomes. Estos hechos que ella denuncia respecto de la obra que se llevó adelante en la escuela, cabe aclarar, creo que ella no lo ha dicho, pero en fecha que comenzó la que estaba a cargo de la dirección era la señora Gomes. La obra empezó los últimos días del año 2016, se trabajó todo el receso para que no afecte la calidad educativa. Cuando comienza la primera obligación del año 2017 la señora Gomes toma licencia y recibe la obra por cuestión de días la quien  en ese momento quien tenía el cargo de vicedirectora. Entonces, la que tenía que haber constatado los supuestos hechos que ella denuncia respecto de sus colegas, era ella. La cuestión es que ella nunca se hace cargo de que ella fue la que estuvo cuando se realizó la obra. No obstante, nosotros no tenemos competencia para actuar respecto a una empresa que es de carácter privada, que fue la adjudicataria de la licitación que se llevó adelante a través de infraestructura. Nuestra única obligación es recibir su denuncia y elevar al órgano correspondiente que es lo que se hizo. Sí iniciar las informaciones sumarias respecto a los colegas y los hurtos que ella denuncia, que es lo que se hizo. También ha sucedido que la señora desde que se le notifica el inicio de la información sumaria que fue en una diferencia de cuestión de días. A partir de ese momento ha comenzado a presentar recursos tras recursos que obviamente han dilatado el inicio de la investigación propiamente dicha para que las otras partes puedan ejercer su derecho de defensa. Se le contesto estos recursos, haciéndole saber que son actos preparatorios, que nos son recurribles y que la intención de la dirección regional dar investigación a esto. Pero si ella hace todo lo posible para que esto no se investigue es como que tenemos un doble discurso, por un lado una denuncia que pide que se investigue y por otro lado todos los recursos posibles para que no suceda. Entonces por lo visto sus intenciones no son las que ella manifiesta públicamente”.

 OBSERVACIÓN DEL TRIBUNAL DE CUENTAS

La letrada agrego: “En este sentido nosotros lo que tenemos que hacer es recibir la información y elevar al ministerio de educación y es el ministerio  el que tiene que rendir cuentas al tribunal. Hasta ahora no hay ninguna notificación formal de ninguna parte, el tribunal de cuentas ha fallado, y esto lo digo porque ella lo ha dicho públicamente porque a nosotros no nos consta y no nos ha llegado ninguna notificación, este falla en decir que existe responsabilidad con respecto a la empresa, nosotros no tenemos competencia respecto a eso. Esto es algo que se tiene que hacer vía judicial y vía tribunal de cuentas porque esto ni siquiera viene por Ministerio de Educación esto viene por el ministerio de infraestructura o sea que escapa a nuestra competencia”.

OBSERVACIÓN DEL JUEZ

Finalmente la abogada dijo en este sentido: “ El fallo ha sido notificado hoy y ordena el inicio de la información sumaria en el periodo de 48 horas. Aquí hay que resaltar varios ítems como por ejemplo para que un amparo sea viable se tienen que agotar las vías previas, es decir se tendría que haber agotado toda la parte administrativa, que no ha sucedido, porque la señora solo ha planteado su denuncia en regional y regional le ha dado tramite. Es decir que el primer ítems que le exige  para un  amparo no fue dado, por lo tanto el señor juez del juzgado civil y comercial N°1 lo ha considerado viable. Respecto a la sentencia él dice que si bien la señora no es parte, es denunciante, y nos ordena iniciar información sumaria en un plazo de 48 horas desde la notificación que es a partir de hoy. No obstante, cuando la señora Gomes inicia el amparo por mora pide toda la documental que obraba en regional en ese momento a fin de probar que nosotros estábamos en mora. Se ha adjuntado toda la documental que consta de más de doscientas fojas, por lo tanto creería que no está en mora, porque un expediente que está en mora no puede generar tantas fojas. Esto acredita lo dicho anteriormente, que ella ha presentado recursos tras recursos. En ese expediente consta esta disposición, donde se acredita que esta iniciada la información sumaria. Donde acredita que ella es la que está entorpeciendo la información. Esta la prueba del testigo que ella ha solicitado para que preste testimonio y se le ha preguntado si ha iniciado información sumaria o no. Esta señora era Liliana Escamarda quien era la supervisora que estaba a cargo de la supervisión de la escuela N°82 en ese momento. Inicia la información sumaria y unos días después la supervisora designada solicita que se la exima de supervisar esa escuela porque recibe una denuncia por acoso laboral de parte de la señora Gomes. Considerando que no podían trabajar coordinadamente se le da viabilidad a ese pedido, se informa al ministerio de la situación que ningún supervisor quería hacerse cargo de esta escuela porque eran conscientes de que todo aquel que asumía la supervisión y no estaba de acuerdo con el accionar de la señora Gomes era tildado de corrupto. Se elevó al ministerio y este decidió que la dirección regional en uso de sus atribuciones supervisará la escuela hasta tanto no hubiere nueva designación de supervisor que fue lo que se hizo y se colaboró y se ayudó con la escuela. No obstante la señora no estaba de acuerdo con esa situación porque decía que iba en contra y no tenía una supervisión correcta respecto al trabajo. En realidad lo que ella no acepta es que tiene superiores y que no puede actuar como quiere cuando quiere, sino que existen normas y procedimientos a los cuales nos tenemos que acatar y ceñir y no podemos hacer las cosas de acuerdo a nuestro parecer”

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