Viernes 29 de Marzo de 2024

18 de diciembre de 2017

EL PODER LEGISLATIVO SANCIONÓ LA NUEVA LEY DE ANIMALES SUELTOS

Impulsada originalmente como una reforma integral de la legislación existente, por el diputado Héctor Vega acompañado de la diputada (MC) Elda Pértile, se sancionó la Ley 2765-I - Ley de Animales sueltos, estableciendo las responsabilidades civiles y penales correspondientes en los casos de presencia de animales sueltos en la vía pública. La Ley se sancionó con 19 votos, mientras que el Interbloque Cambiemos mocionó el mantenimiento en cartera.

Específicamente, la norma establece que “la presencia de animales sueltos en la vía pública constituye una falta imputable tanto al responsable del cuidado de los mismos, como a las empresas que tuvieren la concesión de los corredores viales donde se produjese la falta, al momento de la infracción, como también al organismo que tuviera competencia en el lugar de la infracción. Con responsabilidad civil y penal, establecidas por la correspondiente legislación vigente”.

 

Enumera las definiciones correspondientes para su interpretación y circunscribe la competencia en la materia a “el juzgado de paz o de faltas de la provincia de la jurisdicción que corresponda al lugar donde se cometa la infracción”. En todos los casos en que se compruebe la existencia de animales sueltos en la vía pública, la autoridad de aplicación deberá proceder al inmediato secuestro de los mismos, colocándolos en un lugar donde no puedan representar peligro para el tránsito.

 

Las empresas concesionarias, Vialidad Nacional y Vialidad Provincial, con las delegaciones y movilidad que dispongan, deberán hacer controles rutinarios en sus correspondientes jurisdicciones, constatando la existencia de animales sueltos, alambrados perimetrales en mal estado y toda anomalía similar. Podrá disponerse sistemas de avisos o alertas a través de cualquier medio, a fin de anoticiar a concesionarios viales, vialidad nacional o provincial, o a la policía correspondiente.

 

La ley detalla los procedimientos y plazos referentes al labrado de actas de constatación, testigos, secuestro de animales, su depósito, control sanitario y cuidado, la remisión de las actuaciones al Juzgado de Paz y Faltas o de Faltas que corresponda, la citación al responsable y la posterior resolución.

 

En cuanto a los gastos, especifica que el responsable del animal deberá pagar los gastos ocasionados por la estadía del animal, cuidado y manutención del mismo, consistente en el pago de 500 U.T. diarios previstos en ley 4182 y sus modificatorias-, a los que se adicionarán los que demandaren la vacunación y cuidados médicos veterinarios, si estos hubiesen sido necesarios. Cuando se tratare de animales secuestrados en rutas concesionadas, igual monto mencionado deberá pagar el concesionario, sin omisión.

 

La Leydetalla también los pasos a seguir para el retiro del animal por parte del responsable, o, en su defecto, el decomiso, faena o transferencia del secuestro.

 

En cuanto a las multas, especifica que “será sancionado con multa equivalente al valor de 150 litros de nafta súper por cada animal, al responsable del cuidado del animal al momento de verificarse la infracción” y que la misma “podrá ser sustituida total o parcialmente, cuando por las características del hecho o condiciones del infractor sea conveniente la aplicación de lo preceptuado en el artículo 20 inciso C o articulo 21 -arresto- de la ley 4209 y sus modificatorias -Código de Faltas de la Provincia”. El responsable del cuidado podrá eximirse de sanción si demuestra que el o los animales estaban atados y bajo su personal y estricto cuidado sin ocasionar daños a  terceros.

 

En caso de que el descuido del animal produzca un accidente que ocasionare lesiones graves, gravísimas o muerte y daños materiales, el responsable será sancionado con arresto, previo procedimiento judicial. De acuerdo a lo normado por el Código Procesal Penal de la Provincia del Chaco.

 

Serán sancionadas con multa en efectivo de hasta quince (15) remuneraciones mensuales, mínimas, vital y móvil, por cada cabeza de ganado, las empresas concesionarias de peaje que no realicen las acciones necesarias a fin de evitar la presencia de animales sueltos en rutas o banquinas concesionadas, sin perjuicio de las exposiciones policiales que pudieran efectuar con tal motivo. El responsable de la empresa será sancionado con diez a treinta días de arresto, no redimible por multa, en caso de accidentes que ocasionaren a personas lesiones graves, gravísimas o muerte, sin perjuicio de las responsabilidades penales y civiles que pudieren corresponderle.

 

Las asociaciones protectoras de animales de la Provincia, debidamente registradas y con personería jurídica, podrán solicitar en cualquier estado del proceso la guarda provisoria o definitiva de los animales decomisados con la finalidad de procurar su adopción y tenencia responsable por personas físicas o jurídicas que lo requieran para ser destinados a cumplir una función de bien común.

 

Para advertencia general de la población la Concesionaria de Peaje, Vialidad Nacional o Vialidad Provincial, según corresponda la jurisdicción, deberá colocar en las rutas carteles indicadores sobre la prohibición establecida en esta Ley y el numero de un teléfono 0800 y # para mensajería de texto, para que los particulares den aviso a de la existencia de animales sueltos.

 

Los fundamentos en el Recinto

 

El diputado Héctor Vega señaló que “nuestra intención era reformar integralmente esta ley que por ser tan benévola y contemplativa hacía que la gente tenga por ahí el descuido que se tiene con los animales sueltos en la vía pública, tratando por un lado de trabajar en forma conjunta con la gran cantidad de actores que tiene esta problemática, desde la policía rural, la gente de seguridad vial, las sociedades protectoras de animales, la gente del zoológico, gente del Gobierno que estuvo involucrada, reuniones en Villa Ángela, Presidencia de la Plaza, Machagai”.

 

Este trabajo, sostuvo el legislador, “mejora la actual normativa a efectos de prevenir accidentes ocasionados por animales sueltos, entre los aspectos fundamentales que tendrá esta nueva normativa actualizada podemos mencionar que la concesionaria de peajes tendrá mayores controles en las rutas concesionadas, en cuanto a dicho cumplimiento vialidad nacional y provincial controlará el estado de rutas en el tema de banquinas y alambrados, en el nivel judicial la agilización de los procesos judiciales, ampliar la penas, disminuir los tiempos de guarda de los animales secuestrados, coordinación de trabajo con la policía y el resto de los actores, campañas de difusión, recepción de las denuncias, monitoreo” entre otros aspectos.



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